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Tipo de entidad: Institución
Subelemento: Sin determinar
Forma autorizada del nombre: Juzgado Especial de Bilbao para la Aplicación de la Ley de Vagos y Maleantes
Forma(s) paralela(s) del nombre:
Forma(s) normalizada(s) del nombre segun otras reglas:
Otra(s) forma(s) del nombre:
Fecha de existencia: 05-05-1966
Lugar(es):
Función/ocupación(es):
Estatuto Jurídico:
Atribución(es)/Fuente(s) legal(es):
Historia:
La ley de 4 de agosto de 1933, denominada posteriormente de Vagos y Maleantes, dispuso una serie de medidas cautelares para determinadas personas que, por su modo de vida, eran consideradas peligrosas. La tipificación de tales personas se vió complementada por disposiciones posteriores como las leyes de 23 de noviembre de 1935 y 24 de abril de 1958. Aunque la citada ley de 1933 y su reglamento de 3 de mayo de 1935 atribuían la competencia para su ejecución a los Juzgados de instrucción de la jurisdicción ordinaria, ambas disposiciones preveían la creación de Juzgados especiales. Así, fueron creados éstos para las ciudades de Madrid y Barcelona en la ley de 24 de abril de 1958. El decreto 1192/1966 de 5 de mayo del Ministerio de Justicia por el que se fijaba la competencia territorial de los Juzgados especiales de Vagos y Maleantes, dispuso que el de Bilbao comprendiera las provincias de Vizcaya, Santander, Burgos, Alava, Guipúzcoa y Logroño. En 1970 se dio una nueva regulación a esta materia con la ley 16/1970 de 4 de agosto sobre peligrosidad y rehabilitación social
Estructura(s) interna(s)/Genealogía:
Identificador del registro de autoridad:
ES28079MCU807
Identificador(es) de la institución
Reglas y/o convenciones:
Nivel de detalle:
Estado de elaboración: Finalizado
Lengua(s):
Escritura(s):
Fuente(s):
Notas de mantenimiento:
RELACIÓN 1
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